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Nuevas medidas regirán desde el lunes 1 de marzo por levantamiento de cuarentena por la pandemia del coronavirus


Gobierno emitió norma que establece en zonas de nivel extremo el toque de queda entre las 9 p.m. y las 4 a.m. También se oficializó las medidas a tomar en zonas calificadas como muy alto y alto.

El Ejecutivo oficializó este sábado el Decreto Supremo 036-2021-PCM, por la cual establece el levantamiento de la cuarentena en Lima Metropolitana, el Callao y demás provincias del País en riesgo de alerta extremo. Asimismo, otros departamentos ingresan a los niveles de alerta sanitaria Alta y Muy Alta, pero ninguna a nivel de alerta moderada frente al coronavirus desde el 1 hasta el 14 de marzo a fin de mitigar los efectos del incremento de casos de coronavirus.

Decreto oficializa medidas en las zonas calificadas en los niveles extremo, muy alto y alto en medio de la pandemia por COVID-19.

Nivel extremo

Dentro del nivel de riesgo extremo se encuentran las provincias de Huaraz (Áncash), Huamanga (Ayacucho), Canchis (Cusco), Huancavelica y Tayacaja (Huancavelica), Huánuco (Huánuco), Ica y Chincha (Ica), Huancayo, Tarma, Chanchamayo, Satipo y Chupaca (Junín).

Asimismo, Lima Metropolitana, Callao, Huaura, Barranca, Huarochirí y Huaral (Lima), Maynas (Loreto), Ilo (Moquegua), Oxapampa (Pasco), Puno (Puno), y Tacna (Tacna).

Entre las restricciones, que se aplicarán desde el 1 hasta el 14 de marzo, se establece que los domingos serán de inmovilización social obligatoria estricta y un toque de queda de 09:00 p.m. a 04:00 a.m.

Además, el caso del transporte interprovincial terrestre, se determina un aforo de 50% a 100%, regulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).

Aforo

d) Nivel de alerta extremo: Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas (espacios cerrados): 0%

Artes escénicas en espacios abiertos: 20%

Centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 20%

Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias 40%

Restaurantes y afines en zonas internas (con ventilación): hasta 30%

Restaurantes y afines en zonas al aire libre: hasta 30%.

Templos y lugares de culto: 0%

Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, áreas protegidas, jardines botánicos y zoológicos: 30%

Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre: 0%

Peluquerías y spa, barberías, masajes faciales, manicura, maquillaje y otros afines: 40% (previa cita)

Enseñanza cultural en espacios abiertos: 20%

Bancos y otras entidades financieras: 40%

Transporte interprovincial terrestre de pasajeros: 50% a 100% regulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery): hasta las 23:00 horas

Nivel Muy Alto

Las provincias que debido a la disminución de contagios pasaron del nivel extremo al nivel muy alto son Utcubamba (Amazonas), Santa (Áncash), Abancay (Apurímac), Arequipa, Camaná, Islay y Caylloma (Arequipa), Cutervo (Cajamarca), La Convención (Cusco), Yauli (Junín), Pisco (Ica), Cañete (Lima regiones), Ramón Castilla (Loreto) y Pasco (Pasco). De esta manera, suman 119 provincias en riesgo muy alto.

El Gobierno estableció también el mismo horario de toque de queda para las provincias con nivel de alerta muy alto, que regirá desde las 09:00 p.m. hasta las 04:00 a.m. del día siguiente, y también se restringirá la circulación de vehículos particulares los domingos.

Aforo

c) Nivel de alerta muy alto: Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas (espacios cerrados): 0%

Artes escénicas en espacios abiertos: 30%

Centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 30%

Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias: 50%

Restaurantes y afines en zonas internas: hasta 30%

Restaurantes y afines en zonas al aire libre: hasta 40%.

Templos y lugares de culto: 20%

Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, áreas protegidas, jardines botánicos y zoológicos: 40%

Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre: 30%

Enseñanza cultural en espacios abiertos: 40%

Bancos y otras entidades financieras: 50%

Transporte interprovincial terrestre de pasajeros: 50% a 100% regulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Finalmente, están prohibidos los ingresos a las playas y las actividades en casinos, tragamonedas, gimnasios, cines, eventos masivos, carnavales y fiestas costumbristas.

Nivel Alto

Son siete las regiones con nivel de alerta alto donde el toque de queda regirá desde las 10::00 p.m. y estará prohibida la circulación de vehículos particulares los domingos, desde el 1 hasta el 14 de marzo, de acuerdo con las nuevas medidas anunciadas por el Ejecutivo para enfrentar la segunda ola del COVID-19.

Estas regiones son: Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, San Martín, Ucayali y Madre de Dios, informó la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).

La inmovilización social obligatoria o toque de queda, desde el 1 al 14 de marzo, se redujo en una hora y comenzará a las 10:00 p.m. hasta las 04:00 a.m. del día siguiente.

A diferencia de las medidas anteriores, donde estaba prohibido el ingreso a las playas, ahora el Ejecutivo dispuso que el público de las mencionadas regiones con nivel de alerta alto sí podrá ingresar y disfrutar de estos escenarios naturales sin restricciones a partir del lunes 1 de marzo.

En cuanto a los aforos permitidos, el Ejecutivo dispuso que los casinos, salas de tragamonedas, artes escénicas, gimnasios y cines podrán funcionar con un aforo de 30%, detalló la PCM.

El aforo será de 40 % en las tiendas en general, centros comerciales, galerías, conglomerados y tiendas por departamentos. Todos estos establecimientos podrán ofrecer también servicio delivery.

Entre tanto, las tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, bodegas, mercados y farmacias aumentaron su aforo al 60% desde el 1 de marzo, al igual que los bancos y entidades financieras.

Los restaurantes y afines podrán atender al público con un aforo de 50 % en sus áreas internas y de 60 % si el servicio se ofrece al aire libre.

Por su parte, las bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales, galerías de arte, jardines botánicos y zoológicos podrán funcionar con un aforo de 50 %, al igual que las artes escénicas en espacios abiertos.

Los clubes y asociaciones deportivas podrán operar con un aforo de 40 %, mientras que las iglesias y centros de culto en estas siete regiones están autorizados a funcionar con un aforo de 30 %.

Otras restricciones generales

El mencionado decreto también señala que se suspende hasta el 14 de marzo de 2021, el ingreso al territorio nacional de extranjeros no residentes de procedencia de Europa, Sudáfrica y/o Brasil, o que hayan realizado escala en dichos lugares.

https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-prorroga-el-estado-de-emergencia-naciona-decreto-supremo-n-036-2021-pcm-1931251-1/

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